El nombre del puerto es un distintivo que identifica a un buque con el espacio o lugar acuático, marítimo o continental, donde generalmente fondea o se resguarda, antes y después de ejecutar sus operaciones o de navegar.
Con el fin de establecer un control uniforme en el uso del nombre de puerto o base de operaciones por las embarcaciones o buques nacionales, se cumplirá con las siguientes reglas:
El nombre del puerto se exhibirá, separado por un guion, a continuación del número de matrícula.
El nombre del puerto o base de operaciones se expresará con las siglas que se detallan en el presente artículo.
El propietario de la embarcación está en libertad de exhibir en cualquier sito de la embarcación el nombre del embarcadero o lugar específico donde fondea; cuidando que ese distintivo opcional no estorbe o impida la visibilidad de los distintivos que por mandato legal o reglamentario deben exhibirse.
Se divide el litoral costero de El Salvador en las siguientes zonas:
a.- Puerto La Unión Centroamericana, cuyas siglas son PLU:
Comprende la Bahía la Unión, así como el territorio insular integrado por las islas, islotes y cayos que enumera la Sentencia de la Corte de Justicia Centroamericana, pronunciada el 9 de marzo de 1917; y que además le corresponden las aguas territoriales salvadoreñas en el Golfo de Fonseca, cuyo régimen está determinado por la sentencia mencionada anteriormente y la práctica de los Estados; y el mar territorial hasta la bocana oriental del Río Grande de San Miguel.
b.- Puerto El Triunfo, cuyas siglas son PET:
Zona comprendida entre el meridiano de la boca oriental del Río Grande de San Miguel y el de la boca del Río Lempa.
c.- Puerto La Concordia, cuyas siglas son PLC:
Comprendido entre el meridiano de la boca del Río Lempa y el de la boca del Río Comalapa.
d.- Puerto La Libertad, cuyas siglas son PLL:
Comprendido entre el meridiano de la boca del Río Comalapa y el de la boca del Río Mizata.
e.- Puerto Acajutla, cuyas siglas son PAC:
Comprendido entre el meridiano de la boca del Río Mizata y el de la boca del Río de Paz.
En el caso de las aguas continentales de El Salvador, para efecto de registro e identificar el espacio acuático continental donde fondea y navega una embarcación, se usará la nomenclatura siguiente:
f.- Lagos
Lago de Güija, cuyas siglas son LG.
Lago de Coatepeque, cuyas siglas son LC.
Lago de Ilopango, cuyas siglas son LI.
g.- Lagunas
Laguna de El Espino, cuyas siglas son LE.
Laguna de Metapán, cuyas siglas son LM.
Laguna de Apastepeque, cuyas siglas son LA.
Laguna El Jocotal, cuyas siglas son LJ.
Laguna de Olomega, cuyas siglas son LO.
h.- Embalses
Embalse Cerrón Grande, cuyas siglas son ECG.
Embalse Cinco de Noviembre, cuyas siglas son ECN.
Embalse Quince de Septiembre, cuyas siglas son EQS.
Las medidas para la exhibición de la bandera serán:
1. Moto acuática: No aplica la exhibición de la bandera.
2. Embarcación sin superestructura | 0.20m x 0.15m (8 pulgadas x 6 pulgadas).
3. Embarcación con superestructura | 0.51m x 0.38m (20 pulgadas x 14 pulgadas).