La regulación del deber de exhibición será aplicable según el caso a embarcaciones con superestructura:
El número de matrícula se exhibirá en ambas amuras, en el espacio entre la borda y la línea de flotación; asimismo, se exhibirá en la superestructura, en los costados a babor y a estribor, excepto las embarcaciones de recreo que sólo exhibirán el número de matrícula en ambas amuras.
El nombre de la embarcación se exhibirá en ambas aletas, en el espacio entre la borda y la línea de flotación, excepto en el caso de las embarcaciones de recreo que lo exhibirán en un lugar visible a la popa.
El puerto de registro se exhibirá en ambas amuras, separado por un guion, a continuación del número de matrícula y también en el espejo.
La bandera se exhibirá con material de tela o similar en el mástil principal de la embarcación.
Los aros salvavidas deberán identificarse con el nombre de la embarcación a la que pertenecen.