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MARINOS MERCANTES

Marinos Mercantes (Gente de Mar nacional)

La Autoridad Marítima, en en el cumplimiento de sus competencias institucionales es la encargada de aplicar el Convenio STCW’78 enmendado, el cual establece los requisitos mínimos aplicables a la certificación y titulación de gente de mar que preste sus servicios a bordo de buques mercantes, así como los conocimientos básicos que procede exigir para tal efecto. En el marco de la aplicación del Convenio STCW’78, se otorgó una autorización al Centro de Formación de Marinos Mercantes ubicado en las instalaciones de la Marina Nacional en el Departamento de La Unión, para que éste pueda iniciar con la formación de marinos para el Nivel de Apoyo.

Información para trámites varios




Marinos Mercantes Nivel de Apoyo

Introducción
  • La gente de mar debe tener titulación profesional, en la que se anotarán todos aquellos cursos complementarios exigidos por las normas nacionales e internacionales que les sean de aplicación. Las titulaciones pueden capacitar para navegación internacional, nacional y deportiva, así como para ejercer todas aquellas profesiones u oficios portuarios establecidos por las normas correspondientes.
Realizar trámites
  • Servicio de Guardacostas
  • Capitanías de Puerto
  • Destacamentos Navales
Costo
  • $125.00
Presentación
  • El trámite puede ser presentado por la persona interesada.
Forma
  • Completar formulario que se puede obtener en las oficinas centrales.
  • DATOS DE INFORMACIÓN REQUERIDOS:
  • Las generales del solicitante.
  • El señalamiento del medio técnico o lugar para recibir notificaciones y la persona facultada para recibir las mismas.
  • Categoría solicitada.
  • La firma del solicitante.
  • Recibo de pago.
  • Documentación anexa requerida para el trámite establecida por el Reglamento del RENAV, o norma técnica aplicable.
Requisitos
  • Edad mínima de 18 años.
  • Formulario de solicitud debidamente completado.
  • Copia documentos personales: Documento Único de Identidad (DUI), o Pasaporte si son extranjeros, certificados por notario.
  • Copia certificada por notario de la tarjeta con el Número de Identificación Tributaria.
  • Certificado que acredite la educación básica finalizada hasta noveno grado.
  • Diploma del curso o los cursos básicos a los cuales se les emitirá un Certificado de Suficiencia, expedidos por un Centro de Formación de Marinos autorizado por el Servicio de Guardacostas. Para los Certificados de Títulos Internacionales de Marinero Ordinario, los diplomas de los cursos de formación básica detallados a continuación:
    1. Curso modelo OMI 1.13.
    2. Curso modelo OMI 1.19.
    3. Curso modelo OMI 1.20.
    4. Curso modelo OMI 1.21.
    5. Curso modelo OMI 3.27.
    6. Inglés técnico marítimo.
    7. Curso modelo OMI 1.28.
    8. Curso modelo OMI 1.29.
    9. Curso modelo OMI 1.23.
    10. Curso modelo OMI 3.26.
  • Certificado médico de buena salud, de acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 10 del reglamento para la titulación de gente de mar.
  • Certificado médico de buena salud, de acuerdo a los requisitos establecidos en el artículo 10 del reglamento para la titulación de gente de mar.
  • Dos fotografías recientes 3×4 cm.
  • Recibo de pago de los cargos respectivos.
  • CRITERIOS DE RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE
  • Los documentos que se exhiban en copias u originales, según corresponda, deberán ser legibles en su totalidad.
  • Que se exhiba la documentación completa para realizar el trámite
Pasos
  • Recepción de solicitud y documentación.
  • Análisis documental, dictamen técnico, resolución de admisión.
  • Dictamen técnico de evaluación de aptitud y Emisión de Resolución de Autorización del Comandante del Servicio de Guardacostas.
  • Registro y notificación.

Consulta de Marinos Mercantes